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APORTES MÍNIMOS
Información sobre los diferentes tipos de aportes, requisitos, montos y formas de pago.
APORTES MÍNIMOS
Información general
Modalidades
Existen tres modalidades para la integración del aporte mínimo anual a saber:
- Aporte Mínimo Anual Básico
- Aporte Mínimo Alternativo (50 %)
- Aporte Mínimo Alternativo Diferencial Optativo Relación de Dependencia (33%)
Coeficientes para el cálculo
El valor del Aporte Mínimo Anual Básico se determina en base al valor del Haber Jubilatorio Ordinario mediante un coeficiente preestablecido para cada año del quinquenio, según el siguiente cuadro:
AÑO | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 |
COEFICIENTE | 1,6254 | 1,8508 | 2,0762 | 2,3016 | 2,5270 |
Formas de pago y vencimientos
- Se paga por año corriente, puede ser abonado hasta en doce (12) cuotas mensuales consecutivas, cada cuota mensual se corresponde con su año y mes de vencimiento.
- El Aporte Mínimo de un año determinado, ejemplo Año 2016, se fija en Enero de 2016 y las doce (12) mensualidades para su integración vencerán a partir del mes de Enero 2016 hasta Diciembre de 2016 ambos inclusive.
- Las cuotas son remitidas mensualmente por correo electrónico a la dirección especificada por cada afiliado.
- Las boletas de pago pueden ser impresas desde este mismo sitio, mediante la opción Autogestión (requiere usuario y contraseña).
- Las cuotas vencen los días primero (1º) de cada mes, pudiendo ser abonadas sin recargo hasta el día DIEZ (10) o hábil inmediato posterior.
- Las cuotas ingresadas fuera de término, sufren un recargo de intereses y gastos administrativos.
- El importe a pagar varía según la edad del afiliado, según escalas predefinidas. Se detallan en sus apartados específicos.
- Los aportes por tareas profesionales registrados y efectivamente ingresados se aplicarán inmediatamente a cancelar cuotas de la misma anualidad.
- Pueden ser abonadas en bocas habilitadas de Pago Fácil, Rapipago, sucursales del Banco de la Provincia de Córdoba, MERCADO PAGO (mediante el pago con lectura de código de barra), por homebanking de los sistemas Link o Banelco-pago Mis Cuentas.
Por modalidades
Anual General
- Se encuentra reglamentado en el Art. 24º en inc. c) de la Ley 8470, en el mismo, se establece que tal recurso será igual al porcentaje que fije la Caja del Haber Jubilatorio Ordinario, conforme la modalidad descripta en el Art. 45º.
- Su importe puede variar conforme a la rectificación o modificación de las pautas actuariales y/o económicas.
Aporte Mínimo Anualidad 2024: El vencimiento opera el día 10 de cada mes. En la boleta, que se remite digitalmente, se encuentran impresos dos vencimientos adicionales (sin recargo) para facilitar su gestión.
Aporte Mínimo - ENERO 2025 | |||
Edades | % | Cuota anual | Cuota mensual |
Hasta 30 años (inclusive) | 50 | $331.128,60.- | $27.594,05.- |
De 31 a 40 años (inclusive) | 100 | $662.257,20.- | $55.188,10.- |
De 41 a 55 años (inclusive) | 120 | $794.708,64.- | $66.225,72.- |
De 56 o más años | 140 | $927.160,08.- | $77.263,34.- |
Valores vigentes para vencimientos desde el mes de ENERO de 2025 y anteriores que se encuentran impagos
Anual Alternativo
- Equivale a el 50% del aporte mínimo anual general.
- Por cada año ingresado en legal forma, otorga derecho a un medio (1/2) del haber jubilatorio básico. Es decir, tiene una equivalencia proporcional directa.
- Tiene un tope de diez (10) años ingresados en esta modalidad, para toda la carrera previsional.
- La opción para aportar en esta modalidad debe ser declarada anualmente, por el afiliado titular activo.
- Para los afiliados a la Caja con afiliación anterior al 31/12/2015, el pedido o renovación del aporte se debe realizar del 01 al 31 de octubre del año anterior al afectado.
- Para los afiliados desde enero/2016 la solicitud o renovación se debe solicitar un mes antes que finaliza su año de aportación. (ejemplo: si el año de aportación del afiliado va de abril a marzo del año siguiente, el pedido se debe completar en febrero).
- En cualquier momento el afiliado titular puede solicitar la liquidación de la diferencia para, mediante su pago, convertirlo en un año de aporte mínimo general de acuerdo a la escala etárea correspondiente, recuperando el derecho al haber jubilatorio básico completo (100%), respecto a la anualidad integrada.
Requisitos
- Presentar solicitud anual de acogimiento. Presentada entre el 01 y el 31 de Octubre.
- Estar al día con los aportes a La Caja.
Aporte Mínimo Alternativo (50%) - ENERO 2025 | |||
Edades | % | Cuota anual | Cuota mensual |
Hasta 30 años (inclusive) | 50 | $165.564,36.- | $13.797,03- |
De 31 a 40 años (inclusive) | 100 | $331.128,60.- | $27.594,05.- |
De 41 a 55 años (inclusive) | 120 | $397.354,32 | $33.112,86.- |
De 56 o más años | 140 | $463.580,04.- | $38.631,67.- |
Valores vigentes para vencimientos desde el mes de ENERO de 2025 y anteriores que se encuentran impagos
Relación de Dependencia
Este tipo de aporte es exclusiva para los profesionales que están en relación de dependencia y NO pueden presentar depósitos por tareas profesionales.
- Equivale al treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33 %) del aporte mínimo anual general.
- Por cada año ingresado en legal forma, otorga derecho al treinta y tres coma treinta y tres por ciento (33%) del haber jubilatorio básico.
- La opción para aportar en esta modalidad debe ser declarada anualmente.
- Para los afiliados a la Caja con afiliación anterior al 31/12/2015 el pedido o renovación del aporte se debe realizar del 01 al 31 de octubre del año anterior al afectado.
- Para los afiliados desde enero/2016 la solicitud o renovación se debe solicitar un mes antes que finaliza su año de aportación. (Ejemplo: si el año de aportación del afiliado va de abril a marzo del año siguiente, el pedido se debe completar en febrero)
- En cualquier momento el afiliado titular puede solicitar la liquidación de la diferencia para, mediante su pago, convertirlo en un año de aporte mínimo general de acuerdo a la escala etárea correspondiente, recuperando el derecho al haber jubilatorio básico completo, respecto a la anualidad integrada.
Requisitos
- Solicitud anual de acogimiento, presentada entre el 01 y el 31 de Octubre.
- Recibo de Sueldos (último mes).
- Certificado de empleo, con firma certificada.
- Constancia de CUIL.
- No tener depósitos por aportes sobre honorarios por obra.
- Estar al día con los aportes a La Caja.
Aporte Mínimo Dif. Op. Rel. Dependencia (33%) - ENERO 2025 | |||
Edades | % | Cuota anual | Cuota mensual |
Hasta 30 años (inclusive) | 50 | $109.272,36.- | $9.106,03.- |
De 31 a 40 años (inclusive) | 100 | $218.544,84.- | $18.212,07.- |
De 41 a 55 años (inclusive) | 120 | $262.253,88.- | $21.854,49.- |
De 56 o más años | 140 | $305,962,80.- | $25.496,90.- |
Valores vigentes para vencimientos desde el mes de ENERO de 2025 y anteriores que se encuentran impagos